Nuevas normas y modelo de estatutos para las Hermandades

Esta tarde en la Casa Diocesana se ha presentado el «Decreto general sobre Grupos Parroquiales, Hermandades y Cofradías, y Modelo de Estatutos en el ámbito de la Diócesis de Málaga». Esta nueva normativa supone una amplia transformación en la actividad del mundo cofrade. Sobre cuatro grandes pilares orbita el texto:
- Normas para el régimen de Grupos Parroquiales de culto y devoción en honor a Nuestro Señor Jesucristo, de la Santísima Virgen María y de los Santos.
- Normas para la creación de nuevas Hermandades/Cofradías.
- Normas para la organización y actividad de las Hermandades/Cofradías.
- Modelo de estatutos para las Hermandades/Cofradías, con carácter normativo.
Este decreto -en el que el Obispado ha estado trabajando los últimos meses- tiene como objetivo regular los procesos electorales creando la figura de la «Comisión Electoral», actualizar todo lo referente a la protección de datos y regular con claridad materias como la admisión y baja de hermanos o la organización y el funcionamiento de las Hermandades.
Una de las novedades más importantes de cuantas se incluyen en la nueva normativa es la de la formación teológica que deberán adquirir los altos cargos de las Cofradías. A partir de ahora el Hermano Mayor y el Teniente Hermano Mayor tendrán que cursar los tres ciclos académicos -una sesión semanal con opción presencial o a distancia- que imparte la Escuela de Teología de San Manuel González de la Diócesis de Málaga. Además, se recomienda desde el Obispado que reciban esta formación todos los miembros de las diferentes Juntas de Gobierno.
Desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de junio de 2024 los candidatos que quieran presentarse a procesos electorales y no hayan completado la formación teológica básica tendrán que acreditar que se encuentran recibiéndola en el momento de la inscripción, a partir del 1 de julio de 2024 será requisito indispensable haber finalizado dicha formación.
Además, entre otras cuestiones, se ha estipulado un máximo de 30 miembros que pueden componer la Junta de Gobierno de las Hermandades, se han tipificado las faltas y sanciones y se ha separado de los estatutos de forma definitiva toda referencia histórica, apartándolas así y permitiendo que figuren como documentos adjuntos a los textos con carácter normativo.